Inmigración y visa

Residencia temporal bajo la Ley Orgánica de Movilidad Humana — jubilado, rentista, inversionista, profesional, nómada digital; cédula e IESS — panorama, no es asesoría legal.

Actualizado: Noviembre 2026

Turismo vs. residencia

La estancia turística (a menudo ca. 90 días, a veces prorrogable) no es residencia y por lo general no permite trabajar. Las categorías de residencia temporal van por e-VISAS de Cancillería; la base legal es la Ley Orgánica de Movilidad Humana y su Reglamento. Tras la aprobación suelen seguir la cédula y otros registros.

  • Fuentes primarias: trámites gob.ec, Cancillería, artículos del Reglamento por categoría
  • Documentos a menudo con apostilla + traducción al español; antecedentes penales con plazos
  • Tasas de visa (orientación): solicitud ca. USD 50 + otorgamiento ca. USD 270; rebajas desde 65 años o discapacidad ≥30 % — verifica tarifas

Categorías clave (orientación)

Jubilado

Acreditar pensión del exterior ≥ 3 SBU/mes (2026: SBU ca. USD 482 → ca. USD 1.446/mes). Seguro de salud por la vigencia del visado; a menudo +USD 250/mes por dependiente. Temporal típicamente 2 años.

Rentista

Ingresos pasivos lícitos ≥ 3 SBU/mes (arriendos, inversiones, etc.) según acuerdos ministeriales / gob.ec; seguro y +USD 250 por amparado. Aclara con Cancillería qué tipos de ingreso cuentan.

Nómada digital

Trabajo/empresa en el exterior; ingresos ≥ 3 SBU/mes (a menudo últimos 3 meses) o 36 SBU/año (ca. USD 17.352 con SBU 482) — Reglamento Art. 64 / gob.ec. Seguro obligatorio.

Inversionista

Residencia temporal por inversión; montos mínimos y activos elegibles cambian y deben verificarse en fuentes primarias/Reglamento (suave: umbrales exactos no se fijan aquí como hecho duro).

Profesional

Estancia para ejercicio profesional reconocido; homologación de títulos y prueba contractual según categoría — checklist en gob.ec.

Cédula de identidad

Tras la residencia suele emitirse la cédula ecuatoriana (Registro Civil). Necesaria para bancos, contratos y muchos trámites cotidianos.

Proceso típico

  1. Elige categoría y carga el checklist en gob.ec / e-VISAS
  2. Documentos: pasaporte, foto, antecedentes, prueba de ingresos/pensión — apostilla/traducción
  3. Solicita en e-VISAS; completa pagos el mismo día (o se elimina)
  4. Tras aprobación: visa/residencia y cédula según instrucciones
  5. Seguro de salud y, si aplica, afiliación voluntaria al IESS
  6. Registro tributario (RUC) en el SRI cuando corresponda

Cédula e IESS

La cédula es el documento cotidiano. Salud: las categorías de visa suelen exigir seguro privado o extranjero con cobertura en Ecuador. La afiliación voluntaria al IESS puede importar para acceder a la seguridad social — revisa aportes y requisitos en iess.gob.ec.

  • Clínicas privadas en Quito, Guayaquil y Cuenca son usadas por muchos extranjeros — sin recomendación de producto
  • Mantén cobertura de viaje/extranjero hasta activar la local
  • MSP para información de salud pública

Fuentes

Aviso: Esta página es orientativa y no sustituye asesoramiento legal, fiscal o migratorio individual. Normas y precios cambian — verifica en fuentes oficiales.