Impuestos y derecho
ONAT y marco tributario: poco relevante para visitas cortas; panorama de ventas/ingresos y TCP — con fuentes.
Actualizado: Investigación: noviembre 2026
Sistema tributario – panorama
- Administración: ONAT.
- Turistas sin ingresos ni actividad local suelen no presentar declaraciones ONAT — importan el estatus y la actividad.
- Quien opera localmente (TCP/MIPYME con autorización) entra al sistema cubano.
- Doble imposición: depende del país de origen.
TCP e impuesto sobre ventas
Según MEP/MFP sobre el Régimen General de TCP: pago mensual del impuesto sobre ventas/servicios al 10% de ingresos y pago a cuenta del impuesto sobre ingresos personales (fuentes: 5% mensual), con liquidación anual. Existe Régimen Simplificado para casos autorizados.
- La autorización define si un extranjero puede operar — aparte de la visa turística.
- Las tarifas cambian por norma — revise ONAT/MFP.
Extranjeros y residencia
Resúmenes técnicos: residentes naturales tributan por renta mundial; no residentes por fuentes cubanas (a menudo tarifas planas). Los extranjeros tienen derechos/obligaciones similares salvo norma en contrario. Detalles: ONAT / Ley del Sistema Tributario.
- Turismo corto sin ingresos locales: en general sin declaración de renta.
- Con residencia, alquiler o negocio: consulte ONAT y un contador.
Práctica para quienes llegan
- Visa turística ≠ residencia fiscal ≠ permiso de trabajo.
- Separe seguros y alojamiento de temas fiscales.
- Aclare el estatus legal antes de cobrar por trabajo.
Fuentes
Aviso: Esta página es orientativa y no sustituye asesoramiento legal, fiscal o migratorio individual. Normas y precios cambian — verifica en fuentes oficiales.