Impuestos y derecho

Sistema territorial, tramos del impuesto sobre la renta, ITBMS y notas para recién llegados — con fuentes oficiales.

Actualizado: Investigación a: noviembre de 2026

Sistema tributario – panorama

  • Principio de territorialidad: Panamá grava en general la renta de fuente panameña; la renta de fuente extranjera suele quedar fuera de la base local (DGI / práctica del Código Fiscal).
  • Impuesto sobre la renta (ISR) personas naturales: tramos 0 % / 15 % / 25 % sobre la renta neta gravable de fuente panameña (página de tarifas DGI).
  • ITBMS (tipo IVA): tarifa general 7 %; tarifas mayores para algunos ítems (p. ej. hospedaje/alcohol a menudo 10 %, tabaco 15 % — confirma listas DGI vigentes).
  • Convenios de doble imposición: dependen de tu país de origen — revisa el convenio aplicable.

Impuesto sobre la renta personas naturales (DGI)

Según DGI «Tarifa – Personas Naturales» (consulta nov 2026): tarifas sobre la renta neta gravable:

Tramos ISR (personas naturales)

Renta neta gravableImpuesto
Hasta B/.11.0000 %
Más de B/.11.000 hasta B/.50.00015 % sobre el excedente de B/.11.000
Más de B/.50.000B/.5.850 por los primeros B/.50.000 + 25 % sobre el excedente

ITBMS

Impuesto de Transferencia de Bienes Muebles y Prestación de Servicios: tarifa general 7 % sobre transferencias gravadas de bienes muebles y servicios en Panamá. Existen tarifas reducidas/cero y especiales — ver DGI.

Fuente vs residencia

En el sistema territorial, la obligación se centra en la renta de fuente panameña, no en la renta mundial. La presencia física y el estatus migratorio siguen importando para otras obligaciones (declaración, seguridad social). Usa con cuidado el término «residencia fiscal»: el marco panameño es de fuente.

Aviso

Fuentes

Aviso: Esta página es orientativa y no sustituye asesoramiento legal, fiscal o migratorio individual. Normas y precios cambian — verifica en fuentes oficiales.