Impuestos y derecho
Sistema territorial, tramos del impuesto sobre la renta, ITBMS y notas para recién llegados — con fuentes oficiales.
Actualizado: Investigación a: noviembre de 2026
Sistema tributario – panorama
- Principio de territorialidad: Panamá grava en general la renta de fuente panameña; la renta de fuente extranjera suele quedar fuera de la base local (DGI / práctica del Código Fiscal).
- Impuesto sobre la renta (ISR) personas naturales: tramos 0 % / 15 % / 25 % sobre la renta neta gravable de fuente panameña (página de tarifas DGI).
- ITBMS (tipo IVA): tarifa general 7 %; tarifas mayores para algunos ítems (p. ej. hospedaje/alcohol a menudo 10 %, tabaco 15 % — confirma listas DGI vigentes).
- Convenios de doble imposición: dependen de tu país de origen — revisa el convenio aplicable.
Impuesto sobre la renta personas naturales (DGI)
Según DGI «Tarifa – Personas Naturales» (consulta nov 2026): tarifas sobre la renta neta gravable:
Tramos ISR (personas naturales)
| Renta neta gravable | Impuesto |
|---|---|
| Hasta B/.11.000 | 0 % |
| Más de B/.11.000 hasta B/.50.000 | 15 % sobre el excedente de B/.11.000 |
| Más de B/.50.000 | B/.5.850 por los primeros B/.50.000 + 25 % sobre el excedente |
ITBMS
Impuesto de Transferencia de Bienes Muebles y Prestación de Servicios: tarifa general 7 % sobre transferencias gravadas de bienes muebles y servicios en Panamá. Existen tarifas reducidas/cero y especiales — ver DGI.
Fuente vs residencia
En el sistema territorial, la obligación se centra en la renta de fuente panameña, no en la renta mundial. La presencia física y el estatus migratorio siguen importando para otras obligaciones (declaración, seguridad social). Usa con cuidado el término «residencia fiscal»: el marco panameño es de fuente.
Aviso
Fuentes
Aviso: Esta página es orientativa y no sustituye asesoramiento legal, fiscal o migratorio individual. Normas y precios cambian — verifica en fuentes oficiales.