Impuestos y derecho
Impuestos, residencia fiscal, bancos y la ausencia de CDI DE–BR — panorama, no asesoramiento.
Actualizado: noviembre de 2026
Sistema tributario – panorama
- IRPF (Imposto de Renda Pessoa Física): impuesto sobre la renta de personas físicas — residentes en principio sobre renta mundial; no residentes sobre fuentes brasileñas (detalles: Receita Federal)
- Tablas progresivas mensuales/anuales; desde 2026 reglas adicionales de reducción que alivian de hecho rentas bajas (Lei 15.270/2025) — revisa tablas actuales de la Receita
- Otros: entre ellos ISS (impuesto municipal a servicios), ICMS (circulación de mercaderías estatales), aportes sociales según la actividad
- Competente: Receita Federal do Brasil
La residencia fiscal puede surgir, entre otros, por domicilio permanente, ciertas visas/residencias o días de permanencia (regla práctica a menudo desde aprox. 184 días en 12 meses — criterios y excepciones exactos en las normas de la Receita). Estatus migratorio ≠ automáticamente estatus fiscal — consulta un contador.
Alícuotas IRPF (Receita Federal 2026)
Base de cálculo mensual desde enero 2026 (simplificado)
| Base de cálculo | alícuota aprox. |
|---|---|
| Bis R$ 2.428,80 | 0 % |
| R$ 2.428,81 – 2.826,65 | 7,5 % |
| R$ 2.826,66 – 3.751,05 | 15 % |
| R$ 3.751,06 – 4.664,68 | 22,5 % |
| Más de R$ 4.664,68 | 27,5 % |
Formas societarias (breve)
| Forma | Carácter breve |
|---|---|
| MEI / Simples | Regímenes simplificados para micro/pequeñas empresas — respeta límites y listas de actividades |
| Ltda. (Limitada) | Forma habitual tipo SRL/Ltda. |
| S.A. | Sociedad anónima, más formal, para proyectos mayores |
La constitución suele pasar por la Junta Comercial, CNPJ en la Receita, licencias municipales y cuenta bancaria. Los extranjeros necesitan estatus migratorio válido/CPF. Planifica asesoramiento local.
Bancos y pagos
- Apertura de cuenta: casi siempre CPF + documento (CRNM/pasaporte) + domicilio; KYC estricto
- PIX: transferencias instantáneas 24/7 — estándar cotidiano
- Tarjetas del exterior: funcionamiento y tasas IOF/comisiones dependen del banco; débito local es práctico
Convenio de doble imposición DE–BR
El convenio entre Alemania y Brasil para evitar la doble imposición del 27 de junio de 1975 fue denunciado por Alemania el 7 de abril de 2005 y está fuera de vigor desde el 1 de enero de 2006 (BMF; confirmación de la embajada alemana). En el estado de CDI del BMF al 1 de enero de 2026 Brasil figura entre las negociaciones en curso — un nuevo convenio no estaba en vigor a esa fecha.
En abril de 2026 ambos gobiernos acordaron en una declaración conjunta intensificar las conversaciones sobre un nuevo CDI. Firma, ratificación y entrada en vigor están pendientes — hasta entonces aplican reglas nacionales de crédito/exención y retenciones. Resuelve casos concretos con asesores fiscales de ambos países.
Fuentes
- Receita Federal – tablas IRPF 2026
- Receita Federal – Residente / Não residente
- BMF – Terminación del CDI Brasil (2005)
- BMF – Estado de los CDI al 1 de enero de 2026
- Embajada alemana Brasília – Impuestos
Aviso: Esta página es orientativa y no sustituye asesoramiento legal, fiscal o migratorio individual. Normas y precios cambian — verifica en fuentes oficiales.