Impuestos y derecho

Reglas territoriales mixtas, ISR, ITBIS e impuesto inmobiliario — panorama para audiencia internacional, no asesoría fiscal.

Actualizado: Noviembre 2026

Sistema tributario – panorama

  • Idea central: se gravan rentas de fuente dominicana. Las rentas de inversión/financieras del exterior de nuevos residentes fiscales extranjeros suelen describirse como gravables desde el tercer año fiscal (orientación en torno al Art. 271 / práctica DGII) — verifica el Código y resoluciones vigentes
  • ITBIS (IVA): generalmente 18 % (hay tasas reducidas/exenciones para bienes específicos)
  • IPI (impuesto al patrimonio inmobiliario): 1 % sobre el valor por encima del umbral exento anual
  • Autoridad: DGII (Dirección General de Impuestos Internos)

La residencia fiscal sigue reglas dominicanas (presencia de unos 182 días es una orientación habitual; confirma criterios exactos). El estatus migratorio no es automáticamente el fiscal. La Ley 171-07 puede otorgar incentivos a pensionados/rentistas calificados — muchos beneficios requieren autorización previa de Hacienda/DGII.

ISR e ITBIS (orientación)

Para personas físicas, la Resolución DGII DDG-AR1-2026-00001 fija tramos anuales ISR 2026: exento hasta RD$416.220; luego 15 % del excedente hasta RD$624.329; luego 20 % hasta RD$867.123; y 25 % por encima. ITBIS generalmente 18 %. Tasas societarias y retenciones difieren — usa un contador y fuentes primarias.

IPI inmobiliario (orientación)

El IPI suele gravar el 1 % del valor catastral/registrado de inmuebles de personas físicas por encima de un monto exento ajustado por inflación. Para 2026, la DGII publicó un umbral exento de aprox. RD$10.695.494. El pago suele ser en cuotas — confirma plazos en dgii.gov.do. La Ley 171-07 puede ofrecer alivio parcial a pensionados/rentistas calificados (blando: verifica autorización).

Empresas (breve)

Formas comunes (simplificado)

FormaCarácter breve
S.R.L. / S.A.Sociedades de capital/limitadas habituales
Persona física / actividad individualComerciante individual
Zonas francas / regímenes especialesIncentivos sectoriales — reglas propias

El registro (Registro Mercantil, RNC) y las obligaciones DGII dependen de la forma. Aclara constitución y cumplimiento con profesionales locales.

Bancos y pagos

  • Bancos principales: Banreservas, Banco Popular, BHD León; KYC estricto
  • Cuentas en DOP y USD posibles; transferencias con comisiones y plazos
  • Tarjetas y billeteras digitales comunes en ciudades
  • Sin residencia/cédula, abrir cuenta puede ser más difícil

Doble imposición y país de origen

Si y cómo se alivia la doble imposición depende del derecho tributario y de los tratados entre tu país de origen o residencia y la República Dominicana. No hay una regla única para todas las nacionalidades. Consulta tu autoridad fiscal y cualquier CDI/acuerdo de intercambio; se recomienda asesoría profesional.

Fuentes

Aviso: Esta página es orientativa y no sustituye asesoramiento legal, fiscal o migratorio individual. Normas y precios cambian — verifica en fuentes oficiales.