Impuestos y derecho
IVA, impuesto de renta en UVT, residencia fiscal y notas para quienes llegan — con fuentes DIAN y técnicas.
Actualizado: Investigación: noviembre 2026
Sistema tributario – panorama
- Autoridad: DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales).
- IVA: tarifa general 19 %; también 5 %, 0 % y operaciones excluidas.
- Renta personas naturales: tarifas progresivas en UVT (Unidad de Valor Tributario).
- Residencia fiscal: entre otros, más de 183 días calendario en cualquier ventana de 365 días (Art. 10 Estatuto Tributario / DIAN).
- Convenios de doble imposición: dependen del país de origen — revise el tratado vigente.
UVT 2026
Fuentes técnicas sobre la Resolución DIAN 000238 del 15 de diciembre de 2025 sitúan la UVT desde el 1 de enero de 2026 en COP 52.374. Muchos umbrales y tramos se expresan en UVT.
Residencia fiscal (183 días)
Según DIAN (Art. 10 E.T.): las personas naturales se consideran residentes fiscales, entre otros, si permanecen continua o discontinuamente más de 183 días calendario (incluidos ingreso y salida) en cualquier período de 365 días calendario consecutivos. Si la permanencia abarca más de un año gravable, la residencia se reconoce a partir del segundo. Hay criterios adicionales para nacionales colombianos (familia, ingresos, patrimonio).
- Residencia ≠ estatus de visa: también con turismo puede surgir residencia fiscal.
- Residentes: en principio renta mundial; no residentes: fuentes colombianas (simplificado).
- Es posible solicitar certificado de residencia fiscal ante la DIAN.
Renta – orientación (personas naturales)
Resúmenes 2026 (p. ej. Deloitte Tax Highlights) indican tramos progresivos sobre la renta líquida gravable en UVT, entre otros:
Renta líquida (orientación UVT)
| Tramo (UVT) | ca. COP (UVT 52.374) | Tarifa |
|---|---|---|
| Hasta 1.090 | hasta ca. 57,1 millones | 0 % |
| 1.091–1.700 | hasta ca. 89,0 millones | 19 % |
| 1.701–4.100 | hasta ca. 214,7 millones | 28 % |
| 4.101–8.670 | hasta ca. 454,1 millones | 33 % |
| 8.671–18.970 | hasta ca. 993,5 millones | 35 % |
| 18.971–31.000 | hasta ca. 1.624 millones | 37 % |
| Más de 31.000 | superior | 39 % |
Los ingresos suelen calcularse por cédulas; hay deducciones y rentas exentas (p. ej. 25 % de ingresos laborales con tope anual) con límites. Detalles: DIAN / Estatuto Tributario.
IVA 19 %
- Tarifa general de IVA: 19 %.
- Otras tarifas/regímenes (5 %, 0 %, excluidos) para bienes y servicios listados.
- Umbrales de responsabilidad de IVA entre otros con referencia a 3.500 UVT de ingresos anuales (fuentes 2026: ca. COP 183,3 millones) — revise los demás requisitos.
Fuentes
- DIAN – Residencia fiscal (Art. 10 E.T.)
- Deloitte – Colombia Tax Highlights 2026
- UVT 2026 – Resolución DIAN 000238 (Dez. 2025), overview
Aviso: Esta página es orientativa y no sustituye asesoramiento legal, fiscal o migratorio individual. Normas y precios cambian — verifica en fuentes oficiales.