Impuestos y derecho
Residencia fiscal, Impuesto a la Renta, IGV y notas para quienes llegan — con fuentes oficiales.
Actualizado: Investigación: noviembre 2026
Sistema tributario – panorama
- Impuesto a la Renta (IR): rentas del trabajo (4.ª/5.ª) y del capital.
- IGV: tasa total 18 % (2026: 15,5 % IGV + 2,5 % IPM según SUNAT).
- ITF: impuesto a ciertas transacciones financieras (tasa y exenciones en SUNAT).
- Convenios para evitar la doble imposición: dependen del país de origen — verificar el convenio aplicable.
UIT 2026 e IR del trabajo
UIT 2026: S/ 5.500 (SUNAT, D.S. 301-2025-EF). Para domiciliados: tasas progresivas sobre la renta neta de 4.ª/5.ª (tras deducir p. ej. 7 UIT) según SUNAT/Ley del IR:
Escala progresiva IR trabajo (4.ª/5.ª) — tramos en UIT
| Renta neta (UIT) | aprox. S/ (2026) | Tasa |
|---|---|---|
| hasta 5 UIT | hasta 27.500 | 8 % |
| más de 5 a 20 UIT | 27.500 – 110.000 | 14 % |
| más de 20 a 35 UIT | 110.000 – 192.500 | 17 % |
| más de 35 a 45 UIT | 192.500 – 247.500 | 20 % |
| más de 45 UIT | desde 247.500 | 30 % |
Primera categoría (alquiler): frecuentemente 6,25 % sobre la renta neta tras deducir 20 % de la bruta (efectivo ~5 % de la bruta). Segunda categoría (ciertas ganancias de capital): p. ej. 6,25 % sobre la renta neta.
IGV / IPM
Tasa total sobre operaciones gravadas: 18 %. Composición 2026 según orientación SUNAT: 15,5 % IGV + 2,5 % IPM (Ley 32387; el total sigue en 18 %).
Domicilio fiscal
Según orientación SUNAT/gob.pe, una persona extranjera suele considerarse domiciliada si permaneció más de 183 días calendario en un período de 12 meses en el Perú (con reglas posteriores al salir). Los domiciliados tributan p. ej. renta mundial bajo normas peruanas; los no domiciliados enfrentan retenciones sobre rentas de fuente peruana (p. ej. 30 % en ciertas 4.ª/5.ª, 5 % en ciertos alquileres — ver gob.pe 8004).
Aviso
Fuentes
- SUNAT – UIT 2026 (S/ 5,500)
- SUNAT – IGV tasa 18% (composición 2026)
- SUNAT / gob.pe – IPM 2026 (2.5%)
- SUNAT – Impuesto a la Renta personas (tasas trabajo)
- gob.pe – Quinta categoría (escala progresiva)
- gob.pe – Tributación no domiciliados / 183 días
Aviso: Esta página es orientativa y no sustituye asesoramiento legal, fiscal o migratorio individual. Normas y precios cambian — verifica en fuentes oficiales.